LA JUSTICIA es un ideal, pero también una organización. Si miramos la administración de justicia como una gran empresa, veremos que está compuesta de los cinco elementos básicos que integran a todas las corporaciones: estructura, procedimientos, instalaciones materiales, gente y tecnología.
Los elementos desde los que se puede analizar justicia no son, pues, en nada distintos de los que hacen a las grandes organizaciones, aunque las herramientas gerenciales sean, por lo general, poco utilizadas por los profesionales que dominan este sector.
Hay un sexto elemento que es, en realidad, una resultante de los otros cinco: la cultura. Toda organización es portadora de una serie de valores, prácticas, y hábitos guiados por preferencias y prohibiciones, que tiene una historia más o menos conocida por sus integrantes y clientes. Igualmente, la administración de justicia tiene una cultura propia que no es el silogismo lógico que se deriva de las normas escritas, sino que sólo puede ser entendida como una acumulación histórica de su estructura, procedimientos, infraestructura, gente y tecnología.
Lo que tenemos hoy como cultura judicial no podríamos entenderlo al margen de una historia en que estos elementos se combinan de distintas maneras e inciden en forma desigual. La gente y las relaciones de poder que existen a los interno de la organización son los elementos que de modo más directo e inmediato inciden en la cultura de una organización. Cuando la cultura es muy fuerte, decimos que se trata de organizaciones con un acentuado carácter propio. La complejidad del proceso de formación de una cultura radica en que la cultura a su vez actúa sobre los elementos antes mencionados y orienta su desarrollo, pero no lo determina.
El proyecto de reformar la justicia debe definir claramente qué es lo que se quiere reformar. Históricamente, en América Latina se han ensayado reformas que van orientadas en forma preponderante hacia agilizar los procedimientos, y el instrumento principal del cambio ha sido en un inicio la ley. A través de reformas legales se han diseñado nuevas formas de tutela de los derechos, a través de jurisdicciones y procedimientos especiales y se ha buscado reducir la lentitud en los procesos.
Como estas reformas no han obtenido el éxito esperado, pues pronto se descubre que su implementación demanda entrenamiento del personal y mejoramiento de las instalaciones, se ha llegado al convencimiento de que la reforma judicial no es cosa de leyes y reglamentos solamente. No pocas veces en la región ha habido un aumento de la inversión del Estado para remozar la planta de operaciones y reforzar la capacidad de trabajo a través de programas de capacitación y entrenamiento, pero estas acciones, comúnmente denominadas "modernización", tampoco han satisfecho las exigencias de la sociedad. En cierto sentido, estas reformas son "más de lo mismo" porque tienden a preservar la misma vieja cultura reñida con la transparencia y el garantismo.
Si la reforma implica un rediseño de la oficina judicial acoplado al uso de las nuevas tecnologías de la información, entonces surge la necesidad de un liderazgo renovador que garantize el sentido y la dirección de los cambios en un mediano y largo plazo. Una administración del sistema ágil y visionaria es una pieza fundamental para la justicia, pero muchas veces ocurre que la estructura real de la institución resiste los cambios, porque ellos traen consigo un desafío al establishment judicial y a las relaciones internas de poder.
Cuando todo (marcos normativos y sistemas de gestión) ha fallado, se ha abierto el debate sobre la estructura formal del sistema de justicia, no para evitar o reemplazar la discusión sobre la eficiencia y efectividad de los otros cambios, sino como un reconocimiento franco de la necesidad de acompañarlos con una reforma estructural que revitalice los principios de separación de poderes e independencia judicial, pues los otros órganos del Estado tienen una incapacidad natural para liderar el proceso de cambio en la justicia.
En España se denomina "el gobierno de los jueces" al aparataje institucional creado a fin de dotar de una sólida vida institucional la función de gerenciar el sistema y mantener un programa sostenido de mejoramiento. En Argentina, Nicaragua, Colombia, por citar solo algunos ejemplos, también se ha introducido la figura del Consejo Superior de la Judicatura o Consejo de la Magistratura, para elevar la calidad del liderazgo judicial, pues una tarea tan delicada no debe quedar en manos de burócratas desalmados que nunca asumen responsabilidad por sus decisiones.
En Panamá, la institución que se denomina Consejo Judicial dista mucho de ser un "gobierno de los jueces", como lo atestigua, tanto su exigua conformación, como las magras funciones que le reconoce la ley. Un organismo superior que administre eficientemente la carrera judicial está excluido por principio de nuestro sistema porque la Constitución (Artículo 209) consagra el principio de que a los magistrados de los tribunales superiores los nombra la Corte Suprema, a los jueces sus superiores jerárquicos, y al personal del juzgado, el juez de cada tribunal.
La actual configuración del sistema de justicia según la cual el mismo tribunal nombra al juez, le revisa y revoca sus decisiones, lo investiga, lo sanciona, lo destituye, lo manda de vacaciones, y le aprueba las licencias, es sencillamente inconveniente para el principio de independencia judicial, que debe ser la sangre que corre por las venas de la justicia.
El mejoramiento de la justicia necesita una reforma estructural, pero la generación de cambios por medio de leyes solo puede avanzar hasta cierto punto, pues pronto choca con el obstáculo insuperable de normas constitucionales. A pesar de que la ley puede reformar ciertos aspectos, no es posible darle una solución integral a la justicia dentro del actual esquema constitucional.
La reforma estructural de la justicia es necesaria para operar un cambio positivo en la cultura judicial, pues las enfermedades actuales son, en buena parte, el resultado de un engranaje aquejado de vicios de larga data. El cliché está allí para que lo usemos una vez más: el actual modelo de justicia está agotado.
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El Panamá América, martes 21 de junio de 2005